13 de abril de 2022

Comisión de la Cámara Baja aprueba idea de legislar proyecto de quinto retiro acotado del Gobierno

El proyecto fue enviado este martes al Congreso, como una forma de evitar que avance el quinto retiro de ahorros previsionales que vota hoy una comisión de la Cámara Baja.

QUINTO RETIRO
AGENCIA UNO
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La jornada de este martes, la Comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó con 11 votos a favor y dos en contra, la idea de legislar el proyecto de quinto retiro acotado del Gobierno.

El Gobierno concretó el ingreso esta mañana al Congreso de su proyecto alternativo al quinto retiro de ahorros previsionales, que habilita un giro del 10 por ciento de los fondos para seis fines específicos, como una manera de no hacerlo universal y evitar un impacto mayor en la inflación.

El texto contiene siete artículos sobre el retiro de fondos y otros seis que flexibilizan el acceso al Seguro de Desempleo e incrementan sus prestaciones, además de ocho artículos transitorios.

Cabe mencionar que la iniciativa del Ejecutivo incluye retiros exclusivos con criterios de seguridad social, que va a permitir, por ejemplo, retiros para pago de pensión de alimentos.

Además de la votación en general a favor de este proyecto, el diputado de la UDI, Cristián Labbé dejó nota de una reserva de constitucionalidad, señalando que, a su juicio, el Ejecutivo no puede vía proyecto de ley obligar a las personas a utilizar los recursos de una determinada manera.

Específicamente, busca que el retiro no sea para libre disposición como los tres anteriores, quedando solo para ser utilizado como pagos en estos cuatro casos:

Como mecanismo para saldar pensiones alimenticias
Deudas arrastradas por servicios básicos
Ahorros del subsidio DS1 y DS59 de las viviendas sociales
Pagar deudas con créditos hipotecarios

¿Qué dice la iniciativa del gobierno? En primer lugar, en el proyecto se definen casos excepcionales en los cuales se autoriza hacer un retiro del 10% de los fondos que tienen afiliados en las AFP, con un máximo de UF150 y mínimo de UF35, tal como ha sido la tónica de recursos máximos y mínimos a retirar en los giros anteriores. También define que el retiro se podrá solicitar dentro del plazo de un año desde publicada la ley.

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